CONTRATO DE ARRIENDO · LEY 18.101 — CHILE
Contrato de arrendamiento de inmueble urbano
En Santiago, ____ de ________ de 2026
Entre [Arrendador], cédula nacional de identidad N° [RUT], con domicilio en [domicilio], en adelante "el arrendador";
y [Arrendatario], cédula nacional de identidad N° [RUT], con domicilio en [domicilio], en adelante "el arrendatario";
se ha convenido el siguiente contrato de arrendamiento, regido por la Ley N° 18.101:
PRIMERO. Inmueble arrendado
El arrendador da en arrendamiento al arrendatario el inmueble ubicado en [dirección], comuna de [comuna], Región Metropolitana, correspondiente a un departamento.
SEGUNDO. Destino del inmueble
El arrendatario se obliga a destinar el inmueble exclusivamente a uso habitacional, no pudiendo darle un destino distinto sin autorización previa y por escrito del arrendador.
TERCERO. Plazo y fecha de término
El presente contrato tendrá una duración de 12 meses, contados desde el [fecha inicio] hasta el [fecha término]. Vencido el plazo, si el arrendatario continúa ocupando el inmueble con el consentimiento del arrendador, el contrato se entenderá renovado mes a mes en las mismas condiciones, conforme a la tácita reconducción del art. 1956 del Código Civil, y podrá terminar según lo previsto en la cláusula siguiente. Por tratarse de un plazo no superior a un año, el arrendatario tiene además derecho a un plazo de dos meses contado desde la notificación de la demanda de restitución, conforme al art. 4° de la Ley 18.101.
CUARTO. Renta y forma de pago
El arrendatario pagará al arrendador una renta mensual de [monto], pagadera el día 5 de cada mes, mediante transferencia bancaria. La renta se reajustará cada 12 meses según la variación del IPC.
QUINTO. Gastos comunes y servicios
Los gastos comunes ordinarios y los consumos individuales (agua, luz, gas, internet) serán de cargo exclusivo del arrendatario y deberán pagarse oportunamente para evitar el corte de los servicios. Los gastos comunes extraordinarios (fondo de reserva, obras mayores y reparaciones estructurales del edificio o condominio) serán de cargo del arrendador.
SEXTO. Garantía
Al momento de la firma, el arrendatario entrega al arrendador la suma equivalente a un (1) mes de renta, esto es, $0, en calidad de garantía por eventuales daños, perjuicios o cuentas impagas. Será devuelta dentro de los 30 días siguientes a la restitución del inmueble.
SÉPTIMO. Estado del inmueble
Las partes declaran que el inmueble se entrega en perfecto estado de conservación y funcionamiento, comprometiéndose el arrendatario a restituirlo en las mismas condiciones, salvo el deterioro propio del uso normal y prudente.
OCTAVO. Subarrendamiento
Queda expresamente prohibido al arrendatario subarrendar, ceder o transferir total o parcialmente el inmueble objeto de este contrato, sin autorización previa y por escrito del arrendador.
NOVENO. Mascotas
Se autoriza al arrendatario a mantener mascotas en el inmueble, siempre que estas no causen molestias a los vecinos ni daños en el bien arrendado. El arrendatario será responsable de cualquier perjuicio causado por sus animales.
DÉCIMO. Estacionamiento
El presente arriendo no incluye estacionamiento ni bodega.
DÉCIMO PRIMERO. Obligaciones del arrendador
El arrendador se obliga a: (a) entregar el inmueble en buen estado, (b) mantenerlo en condiciones de servir para el fin convenido, y (c) realizar las reparaciones necesarias derivadas de caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMO SEGUNDO. Obligaciones del arrendatario
El arrendatario se obliga a: (a) pagar puntualmente la renta y los servicios; (b) cuidar el inmueble como un buen padre de familia; (c) realizar las reparaciones locativas; (d) permitir las visitas del arrendador previo aviso; y (e) restituir el inmueble al término del contrato.
DÉCIMO TERCERO. Causales de término anticipado
Serán causales de término anticipado: el no pago de la renta por dos o más mensualidades consecutivas, el destino diferente al pactado, los daños al inmueble y el incumplimiento de cualquier otra obligación esencial del contrato, conforme a los artículos 9° y siguientes de la Ley 18.101.
DÉCIMO CUARTO. Domicilio y jurisdicción
Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes fijan domicilio en la comuna de [comuna], sometiéndose a la jurisdicción de sus tribunales competentes.
El presente contrato se firma ante notario público, en dos ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder de cada parte.
Este ejemplar se presenta para firma y autorización ante notario público.
Arrendador[Arrendador]RUT: —
Arrendatario[Arrendatario]RUT: —